SOAT CAUSA EXPECTATIVAS
Por: Tatiana Torres Morán.
Las víctimas de los accidentes de tránsito que ocurran en las vías del país, ya pueden contar con un seguro que les permita acceder a una oportuna y adecuada atención médica, a través del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT)
En el país son varias las personas que han sufrido un accidente de tránsito, en el que muchas veces se pierde la vida por no tener acceso a una atención médica oportuna; pues los accidentes de tránsito son la primera causa de muerte, por factores externos, en el Ecuador.
Con el SOAT se pretende evitar éste tipo de inconvenientes, pues éste esta diseñado para brindar atención adecuada a las víctimas de un accidente de tránsito, procurando que todos los ecuatorianos y extranjeros que tengan algún accidente de tránsito reciban una atención médica oportuna, o indemnización por muerte o invalidez.
Mariana García, Directora Comercial de la Compañía de Seguros y Reaseguros INTEROCEÁNICA, señaló que la idea de éste seguro es salvar vidas, para que así nadie muera por falta de atención médica en el caso de tener un accidente de tránsito. Mientras que Pablo Viscaíno, Asesor de Seguros de la Agencia Asesora Productora de Seguros, Guerrón Zevallos, indicó que el SOAT es muy importante, ya que en América sólo faltaba que contaran con éste tipo de seguro Haití y Ecuador
Es obligatorio.
Desde el 14 de enero del 2008 se emitieron los primeros certificados del SOAT, que entró en vigencia 2 de enero del 2008 con su publicación en el Registro Oficial aprobado por el Presidente de la República, Rafael Correa. El cual es distribuido a nivel nacional a través de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Bancos, entre ellas: AIG Metropolitana, Alianza Compañía, Bolívar, Cervantes, Colonial, Coopseguros del Ecuador, Interoceánica, Latina de Seguros, Memoser Memorias, Olympus, Panamericana del Ecuador, Seguros Rocafuerte, Seguros Sucre, Sweaden, Vaz Seguros, y Universal.
Desde que entro en vigencia, las personas poco a poco han ido adquiriendo el SOAT, hasta el 2 de abril del presente año, en la Aseguradora Interoceánica existían como registradas 8.000 personas que habían adquirido la póliza en la sucursal de Portoviejo; mientras que en la Compañía Guerrón Zevallos el número de personas se aproximaba a las 3.000, y en la Aseguradora del Sur 1.296.
Antes del 31 de marzo (culminación del plazo) alrededor de 705 mil personas compraron el SOAT. Pero luego de conocerse la extensión del plazo vía decreto ejecutivo Nº 993, la demanda del seguro se redujo considerablemente.
Ahora el SOAT se lo podrá contratar sin recargas hasta el 30 de abril, ya que a partir del 1 de mayo el valor normal tendrá un recargo adicional del 15% por cada mes o fracción de mes, hasta llegar al tope del 100% en recargos. Se estima que todavía falta por adquirirlo unos 250 mil vehículos de los 1.04 millones existentes
Operativos policiales pendientes
Los operativos policiales, que se tenían previstos iniciar el 1 de abril, quedaron suspendidos por la extensión del periodo ordinario para contratar el SOAT. Sin embargo, se estima que una vez se cumpla la fecha tope, los operativos se realizaran inmediatamente, en donde exigirán, la matricula, el permiso de conducir y el seguro obligatorio de accidentes de tránsito; pues no sólo el SOAT es un requisito para la matriculación del automotor, sino para su circulación.
Además, el SOAT será necesario para sacar un permiso de operación o historial del vehículo; es decir en casi todo trámite donde esté involucrado el vehículo va a necesitar del SOAT. Mientras que los vehículos extranjeros que ingrese al Ecuador deberán contar con una póliza de SOAT por un plazo mínimo de 30 días.
¿Cómo obtener los beneficios?
Luego de haber adquirido el SOAT varias personas aún desconocen como acceder a sus beneficios, pues muchas de ellas solo lo han adquirido por ser éste un requisito de circulación. Como es el caso de Marcelo Mieles, quien que a pesar de haber adquirido hace un mes el SOAT, aun desconocía los beneficios.
Para hacer efectivo el amparo del SOAT, es importante proporcionar toda la información posible sobre el accidente y sus consecuencias en lesiones de personas o fallecimientos. Para esto, toda fuente es válida, sea por intermedio de las autoridades policiales o de tránsito, de los servicios pre hospitalarios o de testigos del accidente.
Además de conocer la placa del vehículo causante del accidente para identificar la aseguradora responsable de los pagos e indemnizaciones. Si no fuere posible por tratarse de un accidente producido por un auto fantasma; o en los casos en que el vehículo no haya tenido un seguro vigente al momento del accidente, el responsable será el Fondo de Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito (FONSAT).
Coberturas que garantiza el SOAT.
El SOAT no puede oponer ninguna exclusión a las víctimas de accidentes de tránsito, ni aún en circunstancias graves como: conductor en estado etílico, vehículo en mal estado, culpa de la propia víctima en la ocurrencia del siniestro, entre otros. Lo que significa que no importan las circunstancias en como se ha dado el accidente, ni quien es el culpable del mismo, las víctimas tienen el derecho de estar protegidas por el SOAT y los centros de salud a atenderlas.
El SOAT garantiza: por muerte, se indemniza a los familiares de las víctimas con hasta 5,000 por víctimas; incapacidad total y permanente, hasta $ 3,000 por víctima o por evento; gastos médicos, por accidente, hasta 2,500 por víctima o por evento; gastos funerarios por accidente, hasta $ 400 por víctima; gastos de movilización, traslado de las víctimas, hasta $50 por víctima o por evento. Sin embargo, el SOAT no cubre: Daños materiales al propio vehículo o bienes propios, daños materiales a bienes de terceras personas, y programas de educación vial, que serán ejecutados a escala nacional.
Atención médica
Las víctimas de un accidente de tránsito, puede trasladarse a cualquier centro de salud sean públicos o privados, solo deberán presentar el certificado del SOAT y recibir atención inmediata, pues las aseguradoras serán las encargadas de cancelar los respectivos gastos.
Mariana García, Directora Comercial de la Compañía de Seguros INTEROCEÁNICA, señaló que el servicio de salud es el que notificará a la aseguradora sobre la atención de las víctimas, para posteriormente proceder a documentar el reclamo para pedir el pago respectivo a la aseguradora que emitió el certificado de seguro. Si la personas ha tenido que pagar por alguna clase de servicios o medicamentos relacionados y necesitados para la atención de la víctima, también podrán solicitar el reembolso a las aseguradoras.
Por fallecimiento
Si el accidente ocurrido dentro del país causa muerte de personas, los familiares o quien se sienta con el derecho de recibir la indemnización, podrán reclamar a la aseguradora del vehículo o al FONSAT el pago de la indemnización por muerte y gastos funerarios; ésta deberá realizarse en el plazo máximo de 30 días; y a partir de 2009 éste plazo se reduce a 10 días. En caso de varios beneficiarios, éste monto se repartirá en partes iguales entre todos.
Pablo Viscaíno, sin embargo, recalcó que en el caso de que la familia del fallecido quiera instaurar un proceso legal-penal, o sacarle más dinero al responsable del accidente (como suele suceder) estaría en sus derechos, ya que en eso el SOAT no interviene. “Esta situación dependerá del estado socioeconómico del fallecido, por eso se debe tener cautela y no abusar de los beneficios del SOAT”, acotó.
FONSAT:
Fortunato Navia, Coordinador Provincial de Salud del FONSAT, explicó que el FONSAT recibirá el 22% de las primas netas que van a pagar el millón de vehículos en todo el país. El dinero que se recaude durante cada año de funcionamiento se utilizará además para la creación de varios programas de educación vial, que serán ejecutados a escala nacional.
Navia además indicó que aún no se han pasado ninguna indemnización por esta vía, a pesar que se han receptado 6 carpetas que solicitan la obertura del FONSAT. Una de ellas es Esther Rodríguez, quien pide la indemnización de 3 mil dólares por gastos médicos. Sin embargo, los beneficios a través del FONSAT todavía no se realizaran en la provincia, estos tramites son atendidos en el Ministerio de Salud de la ciudad de Quito.
Para poder hacer los reclamos relacionados con las indemnizaciones y proporcionar información sobre el seguro, el FONSAT puso en operación una línea telefónica, a donde las personas podrán comunicarse las 24 horas del día. (022429401). “Creo que éste seguro va a ser de gran ayuda, ya que uno nunca sabe cuando le puede ocurrir algo así”, comentó Martha Mendoza, quien conduce una furgoneta escolar.
Posibles desventajas.
Para Mariana García, el seguro tiene ventajas y desventajas como cualquier negocio, pues en otros países en donde ya se ha aplicado el SOAT las aseguradoras no han tenido la liquidez necesaria para solventarse, porque lo que el SOAT cubre es mucho mayor, que lo que las personas cancelan para obtener éste seguro.
Por ejemplo: un carro que canceló $31.87, si esta persona se accidenta o atropella a alguien, la aseguradora tendrá que pagar hasta 2,500 por los daños o lesiones ocasionados. Y si en un vehículo van 50 personas y todas mueren, la cobertura será de $ 2.500. García, indicó que para prevenir esta situación, las aseguradoras tendrán que trata de tener la mayor liquides posible. Aunque también se estima que no todos los vehículos asegurados pasaran por esta clase de inconveniente.
Asambleístas proponen reforma
Al cierre de esta edición, al interior de la mesa 10 de legislación y fiscalización, existía un consenso entre algunos asambleístas para reformar el actual sistema de seguro, a fin de sustituir el modelo privado por uno de administración estatal. Para varios asambleístas esto servirá para que una gran cantidad de recursos puedan invertirse en equipamiento y mejoramiento de los servicios de emergencia de los hospitales públicos. Se prevé que el proyecto obtenga las observaciones del Presidente de la República, Rafael Correa.
Tarifa del SOAT
El costo del SOAT dependerá de la prima y el cilindraje del vehículo, y su cobertura será anual.
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Tarifas SOAT de vehículos PRIVADOS |
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Vehículos: |
Cilindraje C:C |
Costo anual |
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Menos de 100 |
29,78 |
Motocicletas |
100 a 249 |
37,10 |
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250 ó más |
45,46 |
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Menos de 1499 |
58,02 |
Todo terreno y camionetas de 0 a 9 años |
1500 a 2499 |
69,50 |
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2500 ó más |
81,01 |
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Menos de 1499 |
71,60 |
Todo terreno y camionetas de más de 9 años |
1500 a 2499 |
83,10 |
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2500 ó más |
93,56 |
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Menos de 1499 |
31,87 |
Automóviles de 0 a 9 años |
1500 a 2499 |
40,23 |
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2500 ó más |
47,55 |
|
Menos de 1499 |
43,37 |
Automóviles más de 9 años |
1500 a 2499 |
50,69 |
|
2500 ó más |
56,96 |
|
Menos de 1499 |
73,69 |
Oficial especial |
1500 a 2499 |
93,56 |
|
2500 ó más |
112,37 |
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Capacidad de carga (Ton) |
Costo anual |
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Menos de 5 ton. |
64,29 |
Carga o mixto |
5 a 14,99 ton |
91,47 |
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15 ó más ton. |
120,75 |
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Tipo |
Costo anual |
|
bus (24 ó +pasaj) |
91,42 |
Transporte de pasajeros particular |
Buseta 17 a 23 |
82,32 |
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furgonetas 7 a 16 |
73,24 |
Vehículos especiales |
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122,59 |
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Vehículos que presten servicio público de alquiler: |
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Vehículos: |
Vehículos |
Cilindrajes C:C |
Costo anual |
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Menos 1499 |
48,87 |
Vehículo hasta 5 pasajeros de 0 a 9 años |
Vehículos de alquiler o renta. |
1500 a 2499 |
61,60 |
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2500 ó más |
76,88 |
|
|
Menos 1499 |
64,15 |
Vehículos hasta 5 pasajeros de 0 a 9 años |
Taxis, turismo, alquiler, renta. |
1500 a 2499 |
76,88 |
|
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2500 ó más |
89,61 |
|
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Menos de 2499 |
71,78 |
Vehículos de 6 a 16 pasajeros de 0 a 9 años |
Taxis, turismo, escolares, alquiler |
2500 ó más |
95,96 |
|
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Menos 2500 |
89,61 |
Vehículos de 6 a 16 pasajeros de 0 a 9 años |
Taxis, turismo, escolares, alquiler |
2500 ó más |
115.06 |
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Menos 24,99 |
71,78 |
Camionetas hasta 3,5 ton. pn 0 a 9 años. |
Carga liviana y mixta |
2500 ó más |
95,96 |
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Menos 2500 |
89,61 |
Camionetas hasta 3,5 ton. Más de 9 años |
Carga liviana y mixta |
2500 ó más |
115,06 |
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Capacidad de
pasajeros |
Costo anual |
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Busetas, buses y ómnibus: turismo, interprovinciales,
intra provincial y escolar intra inter provincial |
intra provincial y escolar
intra inter prov. |
17 a 31 |
121,42 |
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32 ó más |
165,98 |
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Capacidad carga
tonelada |
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Camiones, tracto camiones, carga semipesado,
pesada y extra pesada. |
Menos de 5 |
119,6 |
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5 a 14,99 |
138,51 |
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15 ó más |
159,43 |
Busetas, buses, ómnibus, trolebuses, urbanos |
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Prima única |
115,06 |
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